Así las cosas, cumplidas las formalidades de ley para la publicación del edicto, siendo la oportunidad para hacer oposición, no compareció persona alguna a efectuarla y así mismo, fue notificada la vindicta pública, en fecha 24 de Mayo de 2016, por lo que este Tribunal pasa a dictar su decisión en los siguientes términos y vistas las actas que conforman la presente solicitud de rectificación de acta de defunción, presentada por el Abogado IGNACIO VELIS ORDOSGOITTI, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 38.246, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MIRELLA D´AMBROSIO PAOLINI, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.910.579; y analizados los documentos anexos a la presente solicitud, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción presentada por IGNACIO VELIS ORDOSGOITTI, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 38.246, en.....