DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta SALA ESPECIAL UNICA DE LA CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN CASOS VINCULADOS CON DELITOS ASOCIADOS AL TERRORISMO CON JURISDICCIÓN A NIVEL NACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 442 en concordancia con los artículos 423, 424, 426 y 427, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho ANGEL BETANCOURT MARTINEZ, Defensor Privado, quien ejerce la defensa de la ciudadana ERIKA COROMOTO DIAZ MARIN, contra la decisión dictada en fecha 25-02-2014, por el TRIBUNAL ESPECIAL 1º DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL CON COMPETENCIA EN CASOS VINCULADOS CON DELITOS ASOCIADOS AL TERRORISMO CON JURISDICCIONA A NIVEL NACIONAL, mediante la cual decretó MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PRE.....