PRIMERO: La PÉRDIDA DEL INTERÉS, en la solicitud de TITULO SUPLETORIO, interpuesta el 12 de agosto de 2016, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) del Circuito Judicial de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por las ciudadanas MARIA MILAGROS BARCIA DE FIGUEROA y GLORIA VICENTA BARCIA LOPEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.616.189 y V-17.298.973, respectivamente; asistidas por la abogada DEBORA MARITZA AZOCAR RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.585. Consecuente con lo decidido, se establece el DECAIMIENTO DEL INTERÉS, en las resultas del presente asunto.-
SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, en la presente solicitud iniciado el 12 de agosto de 2016.-