PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO sustentada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos NELSON ENRIQUE HERNANDEZ MORA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.740.018, y AIDA ACELA FRAGA MILLAN, de nacionalidad Cubana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. E-84.560.440; el primero asistido y la segunda representada por la abogada NORMA RODRIGUEZ DE VIVAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.302.236, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 38.496.-
SEGUNDO: Consecuente con lo decidido, se declara DISUELTO EL MATRIMONIO contraído el 03 de febrero de 2011, por los ciudadanos NELSON ENRIQUE HERNANDEZ MORA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.740.018, y AIDA ACELA FRAGA MILLAN, de nacionalidad Cubana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula .....