PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO sustentada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos LEONOR ELENA RODRIGUEZ y IVAN JOSE CARVAJAL ASUAJE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V- 11.674.941 y V- 11.198.653, respectivamente; asistidos por la profesional del derecho NANCY ANDRADE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.634.010, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 97.581.-
SEGUNDO: Consecuente con lo decidido, se declara DISUELTO EL MATRIMONIO contraído el 16 de julio de 1991, por los ciudadanos LEONOR ELENA RODRIGUEZ y IVAN JOSE CARVAJAL ASUAJE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V- 11.674.941 y V- 11.198.653, respectivamente; por ante el Registro Civil de la Parroquia Antímano del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 89, as.....