PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO sustentada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada el 02 de agosto de 2017, por el abogado LEONARDO ALBERTO VALDERRAMA SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 103.396; en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BLENNY DEL CARMEN PEREZ LOPEZ y ALEKSANDER JOSÈ SISO TALAVERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.702.207 y V-15.164.479, respectivamente.-
SEGUNDO: Consecuente con lo decidido, se declara DISUELTO EL MATRIMONIO, contraído el 03 de diciembre de 2.011, por los ciudadanos BLENNY DEL CARMEN PÈREZ LÒPEZ y ALEKSANDER JOSÈ SISO TALAVERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.702.207 y V-15.164.479, respectivamente; por ante La Primera Autoridad Civil del Municipio Santiago de Mariño del Estado Aragua, según consta de Acta de Matrimonio signad.....