PRIMERO: La PÉRDIDA DEL INTERÉS, en la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta el 06 de octubre de 2016, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) del Circuito Judicial de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; por los ciudadanos ANAIR COROMOTO GUILLEN TORIN y PEDRO RAFAEL GUILLEN TORIN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.260.719 y V- 10.506.102, respectivamente; asistidos por la profesional del derecho NADIA ARVELO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.472.329, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 111.395. Consecuente con lo decidido, se establece el DECAIMIENTO DEL INTERÉS, en las resultas del presente asunto.-
SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, en la presente solicitud iniciado el 06 de octubre de 2016.-