DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por por el abogado NELSON JOSE REDONDO SANCHEZ, inscrito bajo el Inpreabogado Nº 176.527, quien actúa con el carácter de defensor de la ciudadana MASSIEL COROMOTO CASTRO CHACIN, titular de la cedula de identidad N° V- 18.979.457, contra la decisión Nº 2J-018-21, de fecha veintisiete (27) de abril de 2021, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, decretó: PRIMERO: NIEGA LA REVISION DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada en contra de la acusada MASSIEL COROMOTO CASTRO CHACIN, titular de la cedu.....