A tal efecto, las integrantes de esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia consideran, que lo procedente en el presente caso es ADMITIR el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del derecho ELIETH MATA GARCIA, Defensora Pública Cuarta Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, Extensión Cabimas, actuando con el carácter de Defensora de los ciudadanos, 1.-JOVEILYS ROMERO PIÑA, titular de la cedula de identidad N° V- 29.679.123, 2.- JOHERWIN DAVID GONZALEZ TORREALBA, titular de la cedula de identidad N° V- 29.853.905, 3.- ENGERBETH JOSE LOPEZ CASTILLO, titular de la cedula de identidad N° V- 25.884.206, contra la decisión N° 399-20 de fecha 01 de Octubre de 2020, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual el referido juzgado decreto, PRIMERO: Se declara legitima la APREHENSIÓN.....