DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho EDUARDO RAFAEL PARRA SANCHEZ, DEFENSOR PÚBLICO DÉCIMO OCTAVO (18°) PENAL ORDINARIO, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, en su carácter de Defensor de la ciudadana MARIA GABRIELA TORRES LINARES, titular de la cédula de identidad N° 22.326.496, contra la decisión Nº 833-18, de fecha 01 de Noviembre de 2018, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 833-18, de fecha 01 de Noviembre de 2018, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.