DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE por falta de legitimidad activa la recusación presentada por el profesional del Derecho ANDRES MONNOT ISAMBERTH, titular de la cedula de identidad N° V- 19.460.323 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 175.734, en su condición de defensor privado del ciudadano RUBEN MAGNO MARTINEZ, la cual va dirigida en contra del ciudadano ABOG. VICTOR HERNANDEZ , en su carácter de Juez del Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con ocasión al conocimiento en el asunto Nro. 9C-17241-18, seguida al ciudadano RUBEN MAGNO MARTINEZ, por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, .....