DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho MARILYN ROMERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 140.222, actuando con el carácter de defensora privada del ciudadano JORGE LUIS CASTILLO OCHOA, titular de la cedula de identidad Nº V-7.716.134.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 654-19, de fecha 06 de septiembre de 2018, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual declaró: PRIMERO: DECRETA LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de los imputados JORGE LUIS CASTILLO OCHOA, titular de la cedula de identidad Nº V-7.716.134, y LUCAS JOSE BARRAZA DE HOYOS, titular de la cedula de identida.....