VI
DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por la profesional del derecho NIVIA OLIVARES, Defensora Pública Tercera Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, quien actúa con el carácter de Defensora del ciudadano ROGELIO JOSÉ ANTUNEZ MORALES, plenamente identificado.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 022-2013, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en fecha 26 de febrero de 2013.
TERCERO: ORDENA EXHORTAR al Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, iniciar el juicio oral y público, en un lapso que no exceda de cuarenta y cinco (45.....