DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del Derecho RAMON LABRADOR MONTIEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.731, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL TEM TRANSPORTE GOLAR C.A, contra la decisión N° 007-19, de fecha 21 de Febrero de 2019, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual declaró: SIN LUGAR la solicitud de entrega del vehículo: CAMION, MARCA: MARCK; MODELO GRANITE GU813L, TIPO: CHUTO; COLOR BLANCO; AÑO: 2009; SERIAL DE CARROCERIA: 8XGAX16Y09V005436; PLACA A02AG2D; USO: CARGA e igualmente de SEMI BATEA; MARCA.....