DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho LICET REYES BARRANCO, DEFENSORA PÚBLICA PROVISORIA VIGÉSIMA QUINTA (25) PENAL ORDINARIO, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, en su carácter de defensora del imputado DIEGO ANDRES LINARES, titular de la cédula de identidad N° 31.723.450.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión Nº 316-19, de fecha 25 de Junio del año 2019, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad, en contra del referido encausado, por encontrarse presuntamente in.....