Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el ciudadano RUBÉN ALFREDO BORJAS SILVA, quien se encuentra debidamente asistido por el ABG. MARIO QUIROZ STALHUTH; contra la decisión N° 1148-13, emitida en fecha 17 de septiembre de 2013, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. Todo en resguardo del derecho a la propiedad establecido en el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y con fundamento en el artículo 257 ejusdem
SEGUNDO: ORDENA LA ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO EN CALIDAD DE DEPÓSITO, con la modalidad de uso, guarda, protección, custodia y mantenimiento, así como con la prohibición de enajenar, ven.....