DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, esta SALA SEGUNDA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho MARCOS SALAZAR HUERTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5802, con el carácter de defensor del ciudadano FRAIRYS CARDOZO PEREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 15.849.250, contra la decisión N° 050-19, de fecha 10 de Septiembre de 2019, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, mediante el cual el referido Órgano Jurisdiccional declaró SIN LUGAR la solicitud de Decaimiento de Medida presentada por la defensa del acusado FRAIRYS CARDOZO PEREZ, por la presunta comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE EN GRADO DE TENTATI.....