DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho antes expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE O INIMPUGNABLE, el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del Derecho YENIFFER JOSEFINA CASTILLA EMILIANI, actuando en su carácter de defensora privada del ciudadano ERNESTO JOSE SEMECO BORGES, titular de la cédula de identidad N° 14.657.761, contra la decisión N° 544-20, de fecha 26 de Noviembre de 2020, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 428 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal y 250 ejusdem.