DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado LUÍS ALBERTO PRIETO, precedentemente identificado, en su carácter de defensor de la imputada VIRGINIA CAROLINA LEÓN JURADO, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 08-04-2010, signada con el N° 441-10; SEGUNDO: Se Decreta LA NULIDAD ABSOLUTA, de la decisión recurrida, en virtud del principio de deducibilidad de las nulidades absolutas y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 de la CONSTITUCIÓN DE LA República Bolivariana de Venezuela y 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse violentado en la misma, los derech.....