Por las consideraciones precedentemente expuestas, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de ACLARATORIA DE LA DECISION Nº 356-22, de fecha 30 de Noviembre de 2022, dictada por esta sala en la cual se declara SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del Derecho RUBEN MORENO FRANCO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 378.89, en su carácter de defensor privado del ciudadano LUIS CARLOS HERNÁNDEZ MIELES, titular de la cédula de identidad Nº E-77.030.777, y en consecuencia se CONFIRMÓ la decisión dictada por el Juzgado Primero de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Villa del Rosario.
Publíquese y regístrese en el libro respectivo, déjese copia certi.....