Por los fundamentos expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO de la decisión N° 028-2013, dictada en fecha 10 de abril de 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante el cual declaró el abandono y por ende el desistimiento tácito de la acusación privada interpuesta por la ciudadana MARGARITA FERNÁNDEZ CABRERA, en su carácter de tutora del ciudadano OMAR JOSÉ ALCINA FERNÁNDEZ, en contra de la ciudadana OMARLY ALCINA FERNÁNDEZ, por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA y DEFRAUDACIÓN, previstos y sancionados en los artículos 462 y 463 del Código Penal Venezolano.
SEGUNDO: REPONE la presente causa al estado en que el Ministerio Público prosiga con la investigación y dicte el acto conclusivo que corresponda, siguiendo las regla.....