DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, esta SALA SEGUNDA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE AL CARECER DE ABSOLUTA LEGITIMIDAD PARA INTEPONER, el recurso de apelación interpuesto por el abogado OSCAR CORPAS, Inpreabogado Nº 277.241, quien dice actuar con el carácter de Defensor del ciudadano JUAN DE DIOS BAUTISTA MARTINEZ, contra la decisión Nº 132-19, dictada en fecha 14 de Marzo del 2019 , por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.