DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: Se Decreta LA NULIDAD ABSOLUTA, de la decisión recurrida, en virtud del principio de deducibilidad de las nulidades absolutas y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse violentado en la misma, los derechos y garantías a la tutela Judicial efectiva, Debido Proceso, previstos en los artículos 26 y 49 ordinales 1° y 3° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quedando en consecuencia, anuladas las subsiguientes actuaciones como son el Acta de Audiencia de Juicio de fecha 15/01/2010, así como la decisión N° 2J-029-2010 de fecha 19-01-2010, y SEGUNDO: retrotrayéndose la caus.....