DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, esta SALA SEGUNDA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE CARRIZO DELGADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 264.279, quien actúa con el carácter de Defensor de los ciudadanos LAUDENCIO ENRIQUE QUIROZ, titular de la cedula de identidad N° V-13.439.698, PEDRO JOSE PALENCIA, titular de la cedula de identidad N° V-20.621.343, MARIA CAROLINA URDANETA URDANETA, titular de la cedula de identidad N° V-27.056.136 y ANA GABRIELA FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-25.979.141, en la causa signada con el Nº 2C-23036-20, seguida por ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, contra la decisión Nº 502-20, de fecha veintiocho (28) d.....