Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación de autos, interpuesto por los profesionales del derecho LUCIO GONZALEZ MORENO, IRASEMA VILCHEZ DE QUINTERO y LUISA ROJAS GNZALEZ, todos inscritos en el inpreabogado bajo los números 189.906, 15.358 y 15.358, en su carácter de Apoderados Judiciales de la victima por extensión; MORELVA DEL CARMEN GONZALEZ MORA, LUIS OMAR VARGAS GONZALEZ y LUIS SEGUNDO VARGAS LEAL, en contra de la decisión Nº 472-21, dictada en fecha 25 de Noviembre de 2021, emanada del Juzgado Sexto de Primera instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: ADMITE las pruebas promovidas en su escrito de apelación por los profesionales del derecho LUCIO GONZALEZ MORENO, IRASEMA VILCHEZ.....