PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la presente causa, y por ende, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ALEXANDER JOSE LANDINO OCHOA, titular de la cedula de identidad N° 9.763.979, asistido en este acto por el abogado FREDDY FERRER MEDINA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 53.682, en contra de la emanada del Juzgado Séptimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control Circuito Judicial Penal del estado Zulia, dictada en fecha 14 de junio de2016, mediante el cual ese tribunal decreto improcedente la solicitud realizada por e referido ciudadano, en virtud de que en fecha 28 de abril de 2016, se recibió oficio N° 24-F18-2553-2016, de la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Publico, en la cual negó la entrega material del vehículo, en virtud de que sobre el mismo recae Medida Precautelativa de Aseguramiento e Incautación; en el proceso penal que se le sigue a los ciudadanos YOHANDRY JOSE GONZALEZ RINCON y LUIS MIGUEL LANDINO, son de CONTRABANDO DE E.....