Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE, el recurso de apelación de autos, interpuesto por el profesional del derecho MAURO ANTONIO BARRETO PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 273.564, en su carácter de Defensor de los ciudadanos JHON KENER ARAQUE URBINA, titular de la cedula de identidad Nº V-27.689.782 y VICTOR MANUEL DE AVILA LABARCA, titular de la cédula de identidad Nº V-25.180.867, contra la decisión Nº 534-22, de fecha 12 de Julio de 2022, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el referido Tribunal entre otros pronunciamiento ordenó el Auto de Apertura a Juicio Oral y Público; todo ello de conformidad a lo establecid.....