DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación de autos, interpuesto por el profesional del Derecho JOSE ALEXANDER FINOL, titular de la cédula de identidad N° 4.749.362, inscrito en el Inpreabogado N° 19.553, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano MANUEL SALVADOR NAVA FERRER, titular de la cédula de identidad N° 12.654.119, ejercido contra la decisión N° 483-19, de fecha 27 de Agosto de 2019, dictada por Juzgado Undécimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control con Competencia Funcional Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; de conformidad a lo establecido en el artículo 431 del Código Orgánico Procesal Penal.