DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho anteriormente expuestos, esta SALA SEGUNDA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho EDUARDO RAFAEL PARRA SANCHEZ, Defensor Público Décimo Octavo, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia , actuando con el carácter de defensor del ciudadano ANGEL ERNESTO AVILA GALUE, titular de la cedula de identidad Nº V-17.835.154.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 259-21 de fecha 18 de junio de 2021, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual decreta la medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en los numerales 1, 2, 3 y 10 del artículo 236 del Código O.....