DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación ejercidos, el primero: por los profesionales del derecho ELIO CARRERO Y LUIS RAMON SIMANCAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 155.398 y 277.391, actuando con el carácter de defensores de los ciudadanos TIBISAY COROMOTO FINOL GUTIERREZ y FRANK JOSE RAMOS PAVAS, titulares de las cedulas de identidad Nos 7.932.391y 13.136.860, respectivamente, contra la decisión N° 882-19, de fecha 20 de septiembre de 2019, dictada por el Juzgado Primero en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, el segundo recurso de apelación: por la profesional del Derecho MARIANDONY ELENA ALMARZA NAVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 209.386, en su carácter de defens.....