Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el segundo recurso de apelación de sentencia, interpuesto por el profesional del derecho EDUARDO RAFAEL PARRA SANCHEZ, Defensor Público Décimo Octavo, adscrito a la unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensor de la ciudadana LESMY KARELIS HERRERA CORDERO, titular de la cedula de identidad Nº 16.559.782, siendo resulta inoficioso para esta Sala de Alzada, pronunciarse respecto al recurso de apelación de sentencia definitiva, interpuesto el primero por los profesionales del derecho JOSE RIOS Y CRISTIAN CARRASQUERO, inscritos en el instituto de previsión social del abogado bajo los números 257.387 y 257.309, en su carácter de defensores de la ciudadana JESSICA CHIQUINQUIRÁ ESPINA ESPI.....