Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de Apelación interpuesto por el Abogado JHONATHAN ANTONIO ROMERO RINCON, antes identificado, en su carácter de defensor de los acusados ROBERT ENRIQUE PÉREZ FERNÁNDEZ y MARLON HERNÁNDEZ COLMENARES, identificados en actas, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 06 de Diciembre de 2007; en la causa signada con el N° 2C-4438-07, seguida a los mencionados ciudadanos por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor y Porte Ilícito de Arma de Fuego en la Modalidad de Ocultamiento, cometido en perjuicio del ciudadano Ángel Martín González, por cuanto la decisión que se recurre es inimpugnable.....