Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por el profesional del derecho BENITO VALECILLOS Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Undécima del Ministerio Público; contra la decisión Nº 073-22, de fecha 21 de enero de 2022, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual el referido Juzgado decretó, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Primero: SIN LUGAR la Solicitud del Ministerio Público, en cuanto a la expedición de la Orden de Aprehensión, en contra del ciudadano JOSE GABRIEL RINCON GALUE, titular de la cedula de identidad Nº V-23.749.476, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO EJECUTADO MED.....