DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho FREDDY MANAURE, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 252.857, actuando en su condición de defensor del ciudadano VICTOR GARCIA, titular de la cedula de identidad N° V-15.810.185.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 005-2019, dictada en fecha 21 de Febrero de 2019, emanada del Juzgado Primero de Primera instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, al evidenciar esta Alzada, que el fallo no conculca lo establecido en los artículos 26, 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ni menos aún omite alguna norma establecida en la legislación positi.....