DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARIA REYES, ya identificada, en su carácter de defensora del acusado GERARDO ANTONIO RINCÓN GUTIERREZ, identificado en actas, en contra de la Sentencia Condenatoria, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido de forma Mixta, el cual publicó su texto íntegro el día 19 de Octubre de 2009; SEGUNDO: SE CONFIRMA la Sentencia Condenatoria, dictada por el Juzgado A quo, en el juicio seguido al ciudadano GERARDO ANTONIO RINCÓN GUTIÉRREZ por la comisión de los delitos de VIOLACIÓN DE DOMICILIO, LESIONES LEVES, ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS y ROBO AGRAVADO A MANO ARMADA, previstos y sancionados en los artículos 183, 413.....