DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del Derecho MIRILENA ARIZA GONZÁLEZ, Defensora Pública Sexta Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, actuando con el carácter de de Defensora del imputado PEDRO MARÍA RODRÍGUEZ, identificado en actas, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, en fecha 31 de Enero de 2010, signada con el N° 5C-140-10, y SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo, remítase la presente causa al Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judi.....