PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por la abogada ELIZABETH CHIRNIOS MORALES DE CASTILLO, Defensora Pública Segunda Penal Ordinario adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensor del imputado ELVIS RAFAEL CASTILLO BOZO, titular de la cedula de identidad N° 25.296.039;
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión N° 305-16, de fecha 02 de marzo de 2016, emanada del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 en su segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, y HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3° y 4° d.....