PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del Derecho Abogada Ligia Colina, adscrita a la Unidad de Defensa Pùblica, Extensión Cabimas, en su carácter de defensora del ciudadano ALEXIS JOSÉ VÍLCHEZ BERRIOS. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida, publicada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en fecha 14 de marzo de 2008.
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, y déjese copia certificada en archivo.
LAS JUECES DE APELACIONES,
Dra. GLADYS MEJIA ZAMBRANO
Presidenta de Sala
Dra. IRASEMA VILCHEZ DE QUINTERO Dra. GUADALUPE SÀNCHEZ CARIDAD .....