DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ROUSEVENT GARCIA MATHEUS, en su carácter de defensor del penado JOSÉ ANÍBAL LEÓN VIELMA, identificado en actas, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 19 de Diciembre de 2008, en la causa N° 1E-211-01, y SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.