Por los fundamentos antes expuestos esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados PABLO CASTELLANOS y MIGUEL COLLANTES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 34.093 y 40.815, respectivamente, en su carácter de Defensores Privados de los acusados BRIGUER ENRIQUE ARRIETA, venezolano, natural de Maracaibo del Estado Zulia, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.766.230, soltero, hijo de Jairo Arrieta y Lidis Portillo, residenciado en la calle Obispo Lazo, Bella Vista, casa N° 91-85, en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, y JAFETH ENRIQUE SOLANO, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.937.987, hijo de Bilbana Pirela de Solano y Oscar Enrique Solano, residenciado en la avenida 6 con calle 89E- al lado del Taller Colón, de est.....