DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación de autos, interpuesto por el profesional del derecho EGDAR ENRIQUE POZO HIDALGO, titular de la cedula de identidad N° V.- 12.696.386, inscrito bajo el número de Inpreabogado N° 227.016, actuando con el carácter de defensor de la ciudadana EDGMARI RAQUEL POZO TORRES, titular de la cedula de identidad Nº V-27.971.140, contra la decisión N° 630-19, de fecha 16 de Noviembre de 2019, emitida por el Juzgado Decimo Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control.
SEGUNDO: ADMITE las contestaciones al recurso de apelación, presentadas por el ABG. HUMBERTO ENRIQUE CUBILLAN VIVAS y ALEXANDER JOSE VILCHEZ LEON, en su carácter de defensores del ciudadano CARLOS JAVIER GONZALEZ A.....