DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de nulidad interpuesta por el profesional del derecho ALEXANDER FINOL y JUBALDO LOPEZ, en relación a la designación, juramentación, y la representación legitima debida, en el acto formal de imputación de los ciudadanos HECTOR PENSO, JUAN CARLOS LANDINO, JUNIOR TOYO, JUNIOR GARCIA, JOHAN SALOM, JONATHAN PIÑA Y HECTOR MATERAN, razón por la cual no se logro constatar violación constitucional penal, y procesal alguna.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del derecho JOSE ALEXANDER FINOL, en su carácter de defensor del ciudadano JUNIOR JOSE GARCIA CASTAÑEDA y JUBALDO JOSE LOPEZ en su carácter de defensor del ciudadano JOHAN ALBERTO SALOM LOPEZ; en consecuencia se declara la NULIDAD ABS.....