Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación de autos interpuesto por los profesionales del derecho ANDREA SALAS RUIZ y MELVIN RODRIGUEZ PAEZ, en su condición de defensores privados de los acusados ANTHNY XAVIER MORALES RAMIREZ, titular de la cédula de identidad No. V- 23.859.995 y CARLOS JOSÉ NAVA ARTEAGA, titular de la cédula de identidad No. 18.341.584.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión No. 5C-622-16, de fecha 28.06.2016, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual se resolvió: a) ADMITIR TOTALMENTE el escrito acusatorio interpuesto por la Fiscalía Cuadragésima Segunda (42°) del Ministerio Público de la Circunscripción.....