Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho RUBEN MORENO FRANCO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 378.89, en su carácter de defensor privado del ciudadano LUIS CARLOS HERNÁNDEZ MIELES, titular de la cedula de identidad Nº E-77.030.777.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Villa del Rosario.
Publíquese y regístrese en el libro respectivo, ofíciese, déjese copia certificada en archivo y remítase la presente causa en la oportunidad legal correspondiente, al Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial .....