PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO de la decisión N° 3C-542-2023 dictada en fecha 12.12.2023 por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia-Extensión Cabimas, por existir violación de la garantía de la tutela judicial efectiva, prevista en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 257 ejusdem, en concordancia con los artículos 13, 174, 175, y 179 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.-
SEGUNDO: SE ORDENA LA REPOSICIÓN DEL PROCESO al estado que un órgano subjetivo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, distinto al que dictó la decisión impugnada, convoque a las partes para la celebración de una nueva audiencia de presentación, a los fines que el Ministerio Público realice una nueva imputación por los delitos de Tráfico de Armas y Municiones y Asoci.....