PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda que incoara la sociedad mercantil Tecnología GSM de Venezuela C.A., en contra de las empresas Fritz Almacenes Generales S.A. y Fritz de Venezuela S.A.SEGUNDO: Se condena a las co-demandadas, empresas Fritz Almacenes Generales S.A. y Fritz de Venezuela S.A., a pagar a la sociedad mercantil Tecnología GSM de Venezuela C.A., la suma de Doscientos Veinticuatro Mil Dólares de los Estados Unidos de América (U.S. $ 224,000.00) suma que, a los solos efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 117 de la Ley del Banco Central de Venezuela, aporta un valor de Cuatrocientos Ochenta y Un Millones Seiscientos Mil Bolívares (Bs. 481.600.000,00), calculados conforme al valor establecido por el Estado Venezolano, el cual es a razón de Dos Mil Ciento Cincuenta Bolívares (Bs. 2.150,00) por cada Dólar de los Estados Unidos de América, por concepto del costo de los setecientos (700) equipos celulares desaparecidos.TERCERO: Se condena a las empresas per.....