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miércoles, 02 de junio de 2010
Resolución número 2010-20, mediante la cual no despachará el Juzgado 2° de Sustanciación, Mediación Ejecución (Laboral, Acarigua) por quebranto de la Jueza regente.
Acarigua, 2 de junio del año 2010.
Años 200° y 150°
RESOLUCIÓN NÚMERO 2010-20
El Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua, por intermedio de la ciudadana GABRIELA BRICEÑO VOIRIN, titular de la cédula de identidad número V-11.540.500, en su carácter de Coordinadora del Trabajo designada como tal en sesión de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 17 de abril del año 2008, actuando en ejercicio de la función administrativa del Poder Judicial tal como lo prevé el artículo 2 de la resolución número 2003-262, originada por la misma Comisión fechada el 13 de octubre del año 2003 en donde se crea la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa:
Tomando en consideración que la Jueza 2ª de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo local, ciudadana Ligia López Carieles se encuentra este día quebrantada de salud.
RESUELVE:
Artículo único.
No despachar ni dar audiencia en el Tribunal 2° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Trabajo del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa (sede Acarigua) dirigido por la ciudadana Jueza Ligia López Carieles, hoy 02-06-10.
Désele la publicidad requerida a este acto administrativo.
Es dada en la ciudad de Acarigua en la fecha indicada al inicio.
GABRIELA BRICEÑO VOIRIN
Jueza-Coordinadora de Circuito
GBV/jrgn.
Fecha de Publicación:
02/06/2010
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