ANTECEDENTES
Se inició el presente juicio, mediante escrito libelar por NULIDAD DE ASAMBLEA, interpuesto en fecha 16 de junio de 2023, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento del Circuito Judicial de los Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (U.R.D.D), por la ciudadana JUDITH E. GONZÁLEZ L., actuando en su propio nombre y representación contra JUNTA DE CONDOMINIO DE LAS RESIDENCIAS RIVIERA, en la persona de su Presidenta ciudadana ROSA MORELA BLANCO NATERA.
En fecha 28 de junio de 2023, se admitió la demanda por el procedimiento breve de conformidad con lo establecido en el artículo 881 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y se ordenó el emplazamiento de la parte demandada.
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En fecha 04 de julio de 2023, se recibió diligencia, suscrita por la abogada JUDITH E. GONZÁLEZ L., actuando en su propio nombre y representación mediante la cual consignó los fotostatos requeridos para librar la compulsa a la parte demandada.
En fecha 02 de agosto de 2023, el ciudadano JESÚS RANGEL en su carácter de alguacil consignó boleta de citación debidamente firmada por la ciudadana ROSA MORELA BLANCO NATERA.
En fecha 03 de agosto de 2023, la ciudadana ROSA MORELA BLANCO NATERA debidamente asistida por el abogado EDWING VITALES, presentó escrito de contestación a la demanda. Asimismo, otorgó poder apud acta al profesional del derecho antes mencionado.
En fecha 07 de agosto de 2023, la abogada JUDITH E. GONZÁLEZ L., actuando en su propio nombre y representación, presentó escrito de observaciones a la contestación.
En fecha 08 de agosto de 2023, la abogada JUDITH E. GONZÁLEZ L., actuando en su propio nombre y representación, presentó escrito de promoción de pruebas.
En fecha 08 de agosto de 2023, la ciudadana ROSA MORELA BLANCO NATERA debidamente asistida por el abogado EDWING VITALES, presentó diligencia ratificando su escrito de contestación a la demanda. Asimismo, presentó escrito de promoción de pruebas.
En fecha 09 de agosto de 2023, la ciudadana ROSA MORELA BLANCO NATERA debidamente asistida por el abogado EDWING VITALES, presentó escrito de defensa subsidiaria.
En fecha 10 de agosto de 2023, se dictó auto mediante el cuales e admitieron las pruebas promovidas por las partes inmersas en la presente causa.
En fecha 18 de septiembre de 2023, se levantó acta mediante la cual se declaró desierto las testimoniales de los ciudadanos DANIEL PEREIRA, TIBISAY GUARDIA, IDAMIS GONZALEZ, ANGELINA ALVES y NAHIR SOTO, respectivamente.
En fecha 19 de septiembre de 2023, se levantó acta mediante la cual se declaró desierto la práctica de la inspección judicial promovida por la parte demandada.
En fecha 19 de septiembre de 2023, la ciudadana ROSA MORELA BLANCO NATERA debidamente asistida por el abogado EDWING VITALES, presentó escrito de promoción de pruebas.
En fecha 19 de septiembre de 2023, la abogada JUDITH E. GONZÁLEZ L., actuando en su propio nombre y representación, presentó diligencia mediante la cual consignó dos juegos de copias simples a los fines de evacuar las pruebas promovidas y diligencia de
En fecha 20 de septiembre de 2023, se dictó auto mediante el cual se admitieron las pruebas promovidas por la parte demandada. Asimismo, se dejó constancia que se libraron los oficios dirigidos al Registro Público del Primer Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda y a la Administradora Arcos, C.A