CAPITULO I
DE LA NARRATIVA

Se inicio la presente demanda en fecha 09 de noviembre de 2016, presentada por el abogado OSWALDO URDANETA BERMUDEZ, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil GLOBOVISION TELEL, C.A., ut supra identificados.

En fecha 17 de noviembre de 2016, se dictó auto mediante el cual se admitió la presente demanda. Asimismo, ordenó emplazar a la Sociedad Mercantil VOGUETEX 0709, C.A.

En fecha 14 de diciembre de 2016, se ordenó librar el emplazamiento dirigido a la Sociedad Mercantil VOGUETEX 0709, C.A.

En fecha 17 de marzo de 2017, el ciudadano JOHAN GONZALEZ, en su carácter de alguacil adscrito a este Circuito Judicial, consignó la referida compulsa “SIN FIRMAR”.

En fecha 31 de julio de 2019, quien suscribe se abocó al conocimiento de la presenta causa y se ordenó su remisión a la División de Archivos Judiciales, a los fines de su archivo definitivo.

En fecha cuatro (04) de mayo de dos mil veintitrés (2023) se dictó auto mediante el cual, el Juez RAMON ESCALONA, se aboca al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra.