Se inicia el presente proceso mediante escrito de solicitud presentado en fecha veinticinco (25) de enero de dos mil veintitrés (2023), ante las taquillas de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, por el ciudadano LUIS SALVADOR JIMENEZ VILORIA, debidamente asistido por el abogado LUIS EDUARDO AMUNDARAY PRESILLA up supra identificados.
En fecha treinta (30) de enero de dos mil veintitrés (2023), se dictó auto mediante el cual se instó a la parte interesada a consignar original del oficio catastral, mapa de ubicación con su respectivo sello húmedo emitido por la entidad competente
En fecha siete (07) de marzo de dos mil veintitrés (2023), el ciudadano LUIS SALVADOR, debidamente asistido por el abogado LUIS AMUNDARAY, presento diligencia mediante la cual consignó en original del mapa de ubicación. En la misma data se dictó auto mediante el cual se ratificó la actuación proferida en fecha 30 de enero de 2023 y se instó a la parte interesada a consignar en copia certificada o en su defecto el original del oficio catastral.
En fecha veintitrés (23) de marzo de dos mil veintitrés (2023), el ciudadano LUIS SALVADOR, debidamente asistido por el abogado LUIS AMUNDARAY, presento diligencia mediante la cual consignó la ficha catastral. Asimismo, consignó poder Apud Acta al profesional del derecho antes mencionado.
En fecha veintitrés (23) de marzo de dos mil veintitrés (2023), se dictó auto mediante el cual se instó al ciudadano LUIS SALVADOR y al abogado LUIS AMUNDARAY, comparecer ante las taquillas de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, a los fines de que la secretaria certifique el poder Apud Acta, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha veintisiete (27) de marzo de dos mil veintitrés (2023), el ciudadano LUIS SALVADOR, otorgó poder Apud Acta al abogado LUIS AMUNDARAY con las formalidades previstas en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha veintidós (22) de mayo de dos mil veintitrés (2023), el abogado LUIS AMUNDARAY actuando en su carácter de apoderado judicial del solicitante, consignó copia de las cédulas de identidad de los testigos. Asimismo, solicitó la admisión del titulo supletorio y se fijará oportunidad para los testigos. En la misma data se dictó auto mediante el cual se instó a la parte interesada a consignar autorización de construcción. Además a consignar copia de la cédula de identidad o pasaporte vigente del testigo MARCO ANTONIO ROSA GUERRA.
En fecha veintiuno (21) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), el abogado LUIS AMUNDARAY actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS SALVADOR, solicitó la devolución de los originales.
En fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), el abogado LUIS AMUNDARAY actuando en su carácter de apoderado judicial del solicitante, presentó diligencia mediante la cual desistió del procedimiento.
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